Mar 5, 2024
Solicita la devolución del IVA: conoce cómo y cuándo hacerlo para optimizar tu negocio. Detalles explicados.
Si eres autónomo es probable estés preocupado por la devolución del IVA. Pero, no temas, comprender qué es y cómo solicitarla te puede solucionar muchos problemas en tu negocio.
Empecemos por lo básico, ¿qué es el IVA? El IVA (Impuesto al Valor Añadido) es el impuesto indirecto que grava el consumo de los productos y servicios nacionales e importados. Los consumidores actúan como contribuyentes pagando el tributo de los productos o servicios. Y las empresas y autónomos recaudan este impuesto de manera pasiva cada vez que un cliente adquiere su producto y servicio. De la misma forma que deduce el IVA que deben pagar ellos por el consumo de bienes y servicios que son de necesidad para realizar su actividad.
La devolución de IVA es el proceso por el cual la Agencia Tributaria declara que el resultado es negativo de la presentación del modelo 303 de la declaración trimestral. Si quieres saber más sobre este tema en nuestro blog disponemos de artículos qué explican detalladamente ¿qué es la declaración trimestral del IVA? Y, ¿qué es el modelo 303?
En este artículo nos centraremos cuando el resultado de la liquidación del IVA es negativo, esto quiere decir que en el último trimestre el IVA repercutido fue inferior al IVA soportado. La cantidad de IVA cobrado de ingreso fue menor que el pagado de gastos.
Y, ¿cuándo debes solicitar la devolución del IVA? Para poder solicitar la devolución del IVA se debe pedir durante el periodo de presentación de la cuarta y última declaración trimestral del año (los meses de octubre, noviembre y diciembre), la fecha será del 1 al 20 de enero. Para solicitar la devolución el profesional a declarar debe tener justificado todos los documentos y controlar la contabilidad de su negocio, así como revisarlos periódicamente. De esta manera no habrá ningún problema en las inspecciones de Hacienda. No se altere, estas investigaciones son recurrentes y normales.
Si no recuerdas te haré un breve resumen de los cuatro periodos de la declaración trimestral obligatoria:
Cuando hemos calculado la cantidad que debemos devolver a Hacienda, en la casilla correspondiente a la “solicitud de devolución” marcaremos con una “x” en la liquidación del último trimestre del año. En caso de que no se haya marcado la casilla, (en caso de olvido o equivocación) se podrá realizar esta operación en el último de los cuatro trimestres del año, antes del 20 de enero.
Al realizar la solicitud, Hacienda dispone de 6 meses para la devolución del IVA desde el plazo de la presentación de la declaración. La Administración está obligada a practicar la liquidación provisional en ese plazo. En caso contrario, se permitirá solicitar intereses con un recargo del 3,75% por la demora, al no pagar en el tiempo estipulado ni presentar una justificación antes del 30 de julio.
Podemos consultar nuestro estado de devolución del IVA a través de la sede electrónica de la página principal de la Agencia Tributaria.
Espero que te haya ayudado este artículo. Si quieres seguir leyendo más información relacionada con IVA te invito al blog de Procys para sacar el mejor partido a los procesos financieros de tu negocio.