¿Qué es el MODELO 349? Conoce los Plazos y su Cumplimiento en 2024

¿No conoces qué es el Modelo 349? Sigue leyendo este artículo, te resolveremos todas tus dudas sobre plazos y cumplimiento.

¿Qué es el MODELO 349? Conoce los Plazos y su Cumplimiento en 2024

El Modelo 349 es una declaración informativa del período (mensual, trimestral y anual) para autónomos y empresas detallando operaciones dentro de su comunidad. Venta de bienes o servicios a profesionales ubicados en otro estado miembro de la Unión Europea. Es importante señalar que para declarar operaciones intracomunitarias es necesario estar inscrito en el registro de operaciones intracomunitarias (ROI), disponer de CIF y emitir IVA sin facturas.

La entrega de presentar el Modelo 349 recae sobre todas las empresas o autónomos que realizan operaciones con otras empresas o autónomos que están dados de alta en el régimen de recarga de equivalencia. Este régimen se aplica a aquellas empresas o autónomos que no están obligados a darse cuenta de alta en el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido), pero que realizan operaciones con sujetos que sí están obligados.

La operación no se realiza en el territorio de aplicación del impuesto. Se practicará fuera de las fronteras nacionales, pero dentro de los países integrantes de la Unión Europea. También, se debe matizar las operaciones en Ceuta, Melilla y en las Islas Canarias.

Para conocer qué significa el Modelo 349, debes saber qué las operaciones intracomunitarias son todas esos procesos que se realizan dentro de los países de la Unión Europea, frente a las importaciones o exportaciones que sería el término asignado a las operaciones dentro del territorio peninsular.

La entrega de presentar el modelo 349 es para aquellas empresas o autónomos que efectúan operaciones con sujetos pasivos que están dados de alta en el régimen de recarga de equivalencia. El régimen de recargo de equivalencia se aplica a aquellos sujetos pasivos que no están obligados a estar dado de alta en el IVA, pero que realizan operaciones con sujetos pasivos que si están obligados. Estas son operaciones consideradas como operaciones intracomunitarias y se encuentran sujetas al recargo de equivalencia en lugar del IVA.

En resumen, las empresas o autónomos que realizan operaciones con otros sujetos pasivos que están dados de alta en el régimen de recarga de equivalencia tienen la obligación de presentar el modelo 349 a la Agencia Tributaria.

Existen varias formas de presentar el Modelo 349:

  • A través de Internet: Utilizando el servicio de la Agencia Tributaria «Sistema RED» es posible presentar el Modelo 349 de forma telemática. Para ello, es necesario contar con certificado digital y realizar el alta previa en el sistema.
  • A través de una oficina de la Agencia Tributaria: Es posible presentar el Modelo 349 de forma presencial en una oficina de la Agencia Tributaria, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos para cada caso.
  • A través de un representante: Si se cuenta con un representante con poder para actuar en nombre de la empresa o autónomo, es posible que sea él quien presente el modelo.

Es importante tener en cuenta que independientemente del método elegido para presentar el Modelo 349, se debe hacerlo dentro del plazo establecido, y que en caso de no cumplir con esta obligación, se pueden aplicar sanciones económicas.

Ahora, te explicaremos cómo completar el Modelo 349 paso a paso:

  1. Descargar el modelo desde la página web de la Agencia Tributaria. Es importante descargar la versión actualizada y revisar las instrucciones que se precisan en la misma para evitar errores en el relleno.
  1. Rellenar los datos generales de la empresa o autónomo, como el NIF, la dirección, etc. Estos datos son necesarios para identificar correctamente a la empresa o autónomo y para poder llevar a cabo una correcta liquidación del impuesto correspondiente.
  1. Indicar en el modelo las operaciones realizadas con otras empresas o autónomos que están dados de alta en el régimen de recarga de equivalencia, indicando el importe de las mismas. Es importante tener en cuenta que las operaciones deben ser declaradas por trimestres y que solo se deben incluir las operaciones realizadas en el período correspondiente.
  1. Firmar y presentar el modelo en la Agencia Tributaria antes de los plazos establecidos. Es importante firmar el modelo, ya que esto supone la aceptación de la declaración y de la responsabilidad de los datos que se han indicado en el mismo. La presentación se puede realizar a través de internet utilizando el servicio de la Agencia Tributaria «Sistema RED», o en una oficina de la Agencia Tributaria.

Cada paso es fundamental para cumplir con la obligación de presentar el Modelo 349, para ello es importante tener en cuenta que la descarga debe ser de la versión actualizada, los datos generales deben ser correctos, las operaciones declaradas correspondientes deben ser las realizadas en el período , y la firma y presentación deben ser realizados antes de los plazos establecidos. Esto ayudará a cumplir con la obligación frente a la Agencia Tributaria y evitar sanciones económicas.

Los plazos de presentación del Modelo 349 varían en función del trimestre al que corresponden las declaradas. Los plazos son los siguientes:

  • Primer trimestre: del 1 al 30 de abril.
  • Segundo trimestre: del 1 al 30 de julio.
  • Tercer trimestre: del 1 al 30 de octubre.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 20 de diciembre.

Es importante tener en cuenta que estos plazos son para la presentación de la declaración y no para el pago del impuesto correspondiente, el cual debe ser realizado en los plazos establecidos por la Agencia Tributaria.

Es importante recordar que en caso de no cumplir con esta obligación, se pueden aplicar sanciones económicas, por lo que se recomienda estar pendiente de los plazos de presentación y cumplir con esta obligación en tiempo y forma.

¿Qué es el MODELO 349? Conoce los Plazos y su Cumplimiento en 2024